
ESTAFA POR INTERNET: FISHING
Nuestro despacho de abogados especialistas en fishing bancario, se encargará de la reclamacion al banco por fishing, para la recuperación del dinero perdido.
En los últimos tiempos recibimos llamadas de teléfono de algunos clientes, “me han vaciado la cuenta del banco”, ¿qué se puede hacer en estos casos?
Es una situación angustiosa por la que cada vez más personas pasan, la buena noticia es que la Ley garantiza la recuperación del dinero, excluyendo solo a los clientes que se pueda demostrar que han cometido, el fraude o la negligencia muy grave.
ABOGADOS RECLAMACION ESTAFA BANCARIA POR INTERNET: FISHING
Este tipo de estafas por internet, llamadas fishing se producen cuando el ciberdelicuente, obtiene los datos y las claves confidenciales de una persona, mediante engaño.
El engaño se produce a través de la suplantación de la de la página web del banco, ocasionando una confusión a la víctima, que creé que esta tratando con su banco.
A partir de ese momento el ciberdelicuente con las claves robadas podrá disponer del dinero de la cuenta bancaria del cliente engañado.
El fraude se inicia cuando el ciberdelicuente envía un mensaje, a la víctima este mensaje puede ser un email, un SMS, WhatsApp, o una llamada de teléfono directa.
En este mensaje el ciberdelicuente engaña a la víctima, confundiéndola con cualquier excusa, por ejemplo que ha habido un confusión en una operación y es necesario que le facilite las claves personales
El banco nunca nos va a pedir las claves, y menos por esos medios, por eso nunca debemos caer en el engaño.
MEDIDAS PREVENTIVAS PARA EVITAR EL FISHING BANCARIO
Desde abogados especialistas en fishing, damos unos consejos para evitar la estafa:
- Ponga extrema atención en cualquier comunicación de su banco, o en las páginas web para compras o entidades oficiales. Ante cualquier duda nunca facilite datos personales.
- Nunca facilite sus claves de seguridad a nadie por internet ni por teléfono.
- En la compras por internet fíjese que la pagina tiene el candado de seguridad en el margen superior izquierdo.
- Tenga un antivirus que le avise de la paginas sospechosas, de posible fishing.
- Nunca responder a email, SMS, mensajes de WhatsApp de dispositivos desconocidos, ni sigua ningún link de estos mensajes.
- Verifique vía telefónica, sin seguir el mensaje sospechoso, la realidad del mensaje
QUE HACEMOS SI YA NOS HAN ROBADO EL DINERO DE NUESTRA CUENTA.
Esta es la pregunta que nuestros clientes nos hacen cuando les han quitado el dinero.
Desde abogados especialistas en fishing bancario, le recomendamos las siguientes acciones:
- Poner en conocimiento del banco de forma inmediata el fraude del que hemos sido objeto. Esto es muy importante porque puede dar tiempo a bloquear la transferencia fraudulenta.
- Cambio de las claves de forma inmediata o baja de la tarjeta de crédito o débito.
- Conservar los mensajes fraudulentos enviados por los ciberdelicuentes.
- Denuncia en la comisaria de la policía nacional o de la Guardia Civil.
- Escrito de puesta en conocimiento y reclamación al banco para que quede constancia por escrito, de la estafa producida por internet.
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN FISHING BANCARIO: ¿PODREMOS RECUPERAR NUESTRO DINERO?
Lo primero que debe saber la víctima del engaño, es que la Ley, ampara a los perjudicados del fraude bancario por internet, y establece una responsabilidad cuasi-objetiva del banco.
Esto quiere decir que salvo que la víctima hay cometido una negligencia grave, será el banco el que deberá responder de la restitución del dinero al perjudicado, aunque el responsable del delito sea el ciberdelicuente.
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN FISHING BANCARIO: CONSECUENCIAS PENALES DE FISHING
Según el artículo 248.2 del código penal, serán castigados… con penas de entre 6 meses y de 3 años de prisión los cuales, considerando:
“[…] a) Los que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consigan una transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial en perjuicio de otro.
b) Los que fabricaren, introdujeren, poseyeren o facilitaren programas informáticos específicamente destinados a la comisión de las estafas previstas en este artículo.
c) Los que utilizando tarjetas de crédito o débito, o cheques de viaje, o los datos obrantes en cualquiera de ellos, realicen operaciones de cualquier clase en perjuicio de su titular o de un tercero.”
En caso de que concurran ciertas circunstancias agravantes la pena se puede elevar hasta los 6 años de prisión.
Desafortunadamente en la práctica en raras ocasiones se recupera el dinero estafado, por eso nuestra acción deberá orientarse a pedir la responsabilidad del banco por no haber previsto con su sistema de seguridad informático la intrusión, que lleva a la víctima al engaño suficiente.
Nuestro despacho de abogados expertos en fishing, procederemos a pedir las responsabilidades penales y de recuperación del dinero perdido.
ABOGADOS ESPECIALISTAS EN FISHING BANCARIO: ¿A QUIEN RECLAMO EL DINERO ROBADO POR FISHING?
Desde el punto de vista del derecho, no puede reclamarse la misma cantidad y por el mismo concepto al ciberdelicuente y al banco.
Teniendo en cuenta que una vez que el dinero sale de la cuenta de la víctima es muy difícil seguir su rastro, las posibilidades de recuperación reclamando al delincuente son mínimas.
Por lo tanto lo más practico en cuanto a las posibilidades de recuperación del dinero, es reclamar al banco el reintegro de la cantidad defraudada.
Por otro lado el Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, establece una responsabilidad cuasi objetiva del banco, teniendo que ser este el que tenga que demostrar que el cliente obró con negligencia grave o demostrar si hubo fraude.
El artículo 45 del Real Decreto-ley 19/2018 establece lo siguiente:
“(…..en caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada, el proveedor de servicios de pago del ordenante devolverá a éste el importe de la operación no autorizada de inmediato y, en cualquier caso, a más tardar al final del día hábil siguiente a aquel en el que haya observado o se le haya notificado la operación, salvo cuando el proveedor de servicios de pago del ordenante tenga motivos razonables para sospechar la existencia de fraude y comunique dichos motivos por escrito al Banco de España, en la forma y con el contenido y plazos que éste determine. En su caso, el proveedor de servicios de pago del ordenante restituirá la cuenta de pago en la cual se haya efectuado el adeudo al estado en el que se habría encontrado de no haberse efectuado la operación no autorizada.”
¿QUE OPINAN LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA?
Cada vez hay un mayor número de reclamaciones que llegan a los juzgados en reclamación de las cantidades defraudadas por las estafas digitales.
La frase” me han vaciado la cuenta” “no tengo el dinero”, le está ocurriendo a muchas personas objeto de este fraude llamado phishing.
Afortunadamente los juzgados están dando la razón a los reclamantes, y obliga a los bancos a restituir el dinero que mediante el fraude ha sido robado.
Solo en caso que se demostrara que ha habido un fraude por parte del cliente o una negligencia gravísima, que tiene que demostrar el banco, no se devuelve el dinero.
No se considera negligencia grave, el haber dado las claves de acceso al delincuente, ya que el cliente ha caído en un engaño bastante o suficiente, para que el consentimiento dado este viciado.
El banco como depositario del dinero tiene la obligación legal de su custodia y devolución.
Además teniendo en cuenta el auge de la banca digital, las entidades de crédito deben tener todas las medidas de seguridad informática.
Y tienen que verificar todas las operaciones financieras realizadas por sus clientes para que este tipo de estafas por internet o fishing no se produzcan.